Les niegan la libertad provisional a Iván Name y Andrés Calle, salpicados en el caso UNGRD

Los expresidentes del Senado y Cámara, al parecer, participaron en el escándalo de corrupción.


Iván Name y Andrés Calle.
Iván Name y Andrés Calle. Foto: Senado | Cámara.

Noticias RCN

abril 14 de 2026
04:57 p. m.
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La Sala de Juzgamiento de la Corte Suprema les negó la libertad por vencimiento de términos a Iván Name y Andrés Calle, salpicados en el escándalo de corrupción de la UNGRD. La ponencia es del magistrado Jorge Emilio Caldas.

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El caso de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) ha sido el más mediático de los últimos años. Más, teniendo en cuenta que salpicó a altos exfuncionarios del Gobierno y congresistas.

El papel que habrían tenido Calle y Name

El núcleo de la investigación se ha centrado en Olmedo López y Sneyder Pinilla, exdirector y exsubdirector para el Manejo de Desastres de la UNGRD. Ambos prendieron el ventilador y destaparon detalles.

Al parecer, el entonces director del Dapre y hoy prófugo en Nicaragua, Carlos Ramón González, le ordenó a López orientar los contratos para darle dádivas a quienes eran los presidentes de Senado y Cámara, Iván Name y Andrés Calle respectivamente.

El propósito era que, a cambio de miles de millones de pesos, ayudaran a que las reformas del Gobierno tuvieran luz verde. Se cree que el 12 de octubre de 2023, López y Pinilla le dieron a Sandra Ortiz, exconsejera para las Regiones, un maletín con 1.500 millones de pesos. Dinero que habría llegado al apartamento de Name en el norte de Bogotá.

No les concedieron la libertad provisional

Un día después, el exsubdirector supuestamente le dio otra maleta con $ 1.500 millones. En ese orden de ideas, el soborno habría sido de tres mil millones de pesos.

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Tanto la defensa de Name como la de Calle solicitaron la libertad provisional por vencimiento de términos, teniendo en cuenta que están tras las rejas desde el 7 de mayo de 2025.

El 8 de abril, el apoderado del expresidente del Senado hizo la solicitud al mencionar que habían transcurrido los seis meses desde la ejecución del auto de ejecución, pero no se ha llevado a cabo el juzgamiento. Al final, el alto tribunal no les concedió este beneficio a ambos.

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