Nueva ley pone en cintura a motos y patinetas eléctricas: conozca las multas y restricciones

Una nueva ley entró en vigor y si usted se transporta en patineta y moto eléctrica debe conocer las nuevas restricciones.


Patinetas
Foto: AFP

Noticias RCN

abril 17 de 2026
05:54 p. m.
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La movilidad urbana en Colombia entra en una nueva etapa con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, una normativa que busca poner orden en el uso de motos y patinetas eléctricas, vehículos que han ganado protagonismo en las principales ciudades del país. La regulación establece condiciones claras sobre circulación, seguridad y responsabilidades de los usuarios, con el objetivo de reducir riesgos y mejorar la convivencia vial.

El crecimiento acelerado de estos medios de transporte obligó a las autoridades a definir reglas específicas. A partir de ahora, tanto las motos eléctricas como las patinetas están concebidas como vehículos de uso individual, por lo que, en términos generales, no se permite transportar pasajeros. Solo de manera excepcional se podrá llevar a otra persona, siempre que el diseño del vehículo lo permita y se cumplan las condiciones que establezca el Ministerio de Transporte.

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Restricciones de circulación y uso en vías

Uno de los puntos más relevantes de la ley tiene que ver con los espacios autorizados para la circulación. Estos vehículos estarán destinados exclusivamente al transporte personal urbano, lo que significa que no podrán transitar por la red vial nacional, salvo en tramos que cuenten con ciclo-infraestructura habilitada y no restringida por las autoridades.

Asimismo, queda prohibido circular por andenes, aceras o zonas destinadas a peatones. Los usuarios deberán movilizarse por ciclorrutas, siempre que estas se encuentren en condiciones adecuadas de seguridad, respetando en todo momento la prioridad de peatones y ciclistas.

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En cuanto a la velocidad, la normativa fija límites claros: máximo 25 km/h en ciclo-infraestructura y hasta 40 km/h en vías permitidas. Estas restricciones buscan disminuir la accidentalidad y promover una circulación más segura en entornos urbanos.

Seguridad obligatoria y sanciones económicas

La ley también endurece las exigencias en materia de seguridad. A partir de su implementación, será obligatorio el uso de casco tanto para conductores de motos como de patinetas eléctricas. El incumplimiento de esta medida no solo implicará una sanción económica, sino también la inmovilización del vehículo.

Además, se establece una edad mínima de 16 años para conducir, junto con la obligación de portar elementos reflectivos o de visibilidad, especialmente en horarios nocturnos. También serán sancionados quienes circulen sin luces reglamentarias o conduzcan bajo los efectos del alcohol.

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Las multas para los infractores ascienden a seis salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que equivale aproximadamente a 285.000 pesos colombianos. Esta medida busca generar conciencia entre los usuarios y reforzar el cumplimiento de las normas.

Con esta nueva legislación, el país da un paso hacia la regulación de una movilidad que sigue en crecimiento, apostando por la seguridad vial y el orden en las calles.

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