Nacionalmarzo 25, 2021hace 3 años

Trabajo en casa: lo que usted y su jefe deben cumplir durante la jornada

Es importante que trabajadores y empleadores conozcan puntos como, por ejemplo, cuánto dura la jornada laboral y qué pasa con el subsidio de transporte.

Trabajo en casa ColombiaFoto: Trabajo en casa - Referencia: Pixabay

El proyecto de ley que regula el trabajo en casa fue aprobado en plenaria del Senado de la República y para que no haya lugar a confusiones, explicamos algunas de las situaciones que debe tener en cuenta para que se respeten sus derechos como empleado, pero también muy importantes, sus deberes.

En contexto: Aprobado proyecto de ley que regula el trabajo en casa

¿De qué se trata?

El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que “trabajo en casa es una modalidad de tipo excepcional, temporal, por efectos de circunstancias que ameritan hacerlo, como la que estamos viviendo”, refiriéndose a la pandemia de covid-19.

Es decir, es una habilitación que no cambia las condiciones previamente pactadas, un acuerdo de voluntades entre el empleador y el trabajador en el que el contrato firmado inicialmente se mantiene con dicha figura.

Es importante destacar que el empleado seguirá contando con los mismos derechos y garantías, tales como la jornada laboral, horas extra, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada, acompañamiento y verificación por parte de las ARL, negociación sindical, prestaciones económicas y asistenciales.

Lo que debe saber: puntos clave

¿Quién decide el inicio de esta modalidad?

Trabajo desde casa en Colombia -  Foto: Referencia Pixabay

Se trata de una decisión consensuada entre empleador y trabajador, en la que también se deben indicar las funciones a desarrollar durante esta modalidad. Sin embargo, en caso de circunstancias excepcionales (orden público, calamidad pública o desastre) el jefe podrá decidir individualmente si se inicia el trabajo en casa.

Es de tener en cuenta que el empleado podrá solicitar por escrito, en cualquier momento, el cambio de modalidad laboral.

Además, se deben establecer los criterios para el seguimiento de las tareas encargadas, precisando instrumentos, frecuencia, modelo de evaluación, aprobación y retroalimentación respecto del resultado de las mismas.

¿Por estar en casa se debe trabajar más tiempo?

No, por ningún motivo. La iniciativa establece que la jornada laboral no puede superar las ocho horas diarias o 48 semanales. No hay horarios distintos. “Se respetarán los que se han pactado en el contrato de trabajo”, estableció el ministro Ángel Custodio Cabrera.

Pero es importante señalar que las horas extra durante el trabajo en casa no pueden exceder las dos diarias y las 12 semanales. “Cuando la jornada de la modalidad de trabajo en casa se amplíe por acuerdo entre el empleador o nominador y el trabajador o funcionario a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras”, detalla el documento.

Los funcionarios que desempeñen cargos de dirección, confianza o manejo quedan excluidos de la regulación sobre jornada máxima de la modalidad de trabajo en casa.

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Desconexión laboral

Trabajo desde casa en Colombia -  Foto: Referencia Pixabay

Se destaca el derecho a los trabajadores a desconectarse, con el objetivo de que puedan usar ese tiempo para un descanso de carácter creativo, recreativo, cultural y para compartir con su núcleo familiar.

Tenga en cuenta que los empleadores deben evitar hacer solicitudes fuera del horario laboral convenido, excepto si se llega a presentar alguna eventualidad que requiera la atención prioritaria del empleado y que pueda significar un perjuicio para la empresa “sin que tal circunstancia eventual pueda ser considerada como una forma de acoso laboral”, explica el documento.

Si una persona está desarrollando trabajo en casa y requiere la licencia de maternidad o paternidad, en ningún caso se debe limitar este derecho, ni al descanso remunerado durante la lactancia.

¿Quién pone los equipos?

El proyecto señala que será el empleador quien deberá proveer y garantizar el mantenimiento de los medios ("cualquier herramienta, elemento, equipo, dispositivo o medio informático, de telecomunicaciones, análogos, software, aplicación y redes de comunicaciones") para que el trabajador pueda desempeñar sus tareas correctamente.

Ojo, es importante señalar que, al finalizar el trabajo en casa, se deberá devolver en buen estado todos los implementos que se le suministraron. Si llegase a dañarse o deteriorarse uno de estos medios o equipos, se debe informar al empleador, quien dará las instrucciones a seguir para continuar con las labores.

¿Y qué pasa con el subsidio de transporte?

Este beneficio no desaparece, sino que se transforma en subsidio a la conectividad digital para quienes devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1,817,052). Adicionalmente, durante el trabajo en casa el empleador deberá reconocer unos pagos que, en ningún caso, constituyen salario.

Se trata de un porcentaje del valor de la energía eléctrica que el trabajador consuma y un auxilio de compensación de gastos “cuando los medios o mecanismos para el desarrollo de la modalidad sean proporcionados por el empleado”.

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Cuidado con los riesgos laborales en casa

Trabajo desde casa en Colombia - Foto: Referencia Pixabay

Antes de iniciar la modalidad de trabajo en casa, el empleador deberá notificar a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) la ejecución de la misma, indicando las condiciones de modo, tiempo y lugar. También debe proporcionar los elementos de protección contra accidentes y enfermedades profesionales.

Por su parte, las ARL deberán promover programas que garanticen las condiciones de salud física y mental de los empleados. En caso de presentarse alguna eventualidad, debe ser reportada por el empleador y el trabajador con el objetivo de que se mitigue cualquier problema que se pueda tener en esta modalidad.

Si el empleado incumple las recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo de la ARL, se dará por terminada la ejecución de la modalidad en casa y tendrá que regresar al modo presencial.

El jefe de la cartera de Trabajo añadió que “hace un año no existía ninguna normatividad que indicara qué había que hacer para proteger todo el campo laboral y los puestos de trabajo en este país, en casos excepcionales como los que estamos viviendo en Colombia”.

Carlos Valencia - NoticiasRCN.com

por:Autor Noticias RCN

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