El día libre que la ley otorga a ciertos empleados en Colombia y que no todos conocen
La reforma laboral amplió el incentivo de la 'Ley de la Bicicleta': ahora los trabajadores pueden pedir un día de descanso pago cada seis meses.
Noticias RCN
08:28 p. m.
La bicicleta no solo es una alternativa saludable y sostenible, también se ha convertido en una opción con ventajas legales para los trabajadores en Colombia. Gracias a la Ley 1811 de 2016 y a la Reforma Laboral de 2025, quienes usan la bicicleta para desplazarse al trabajo tienen derecho a tiempo libre remunerado, en reconocimiento a su aporte a la movilidad sostenible y a la reducción de emisiones.
Este beneficio laboral busca incentivar una cultura de transporte limpio, recompensando a los empleados que eligen pedalear hasta su lugar de trabajo de manera habitual.
¿Qué dice la 'Ley de la Bicicleta'?
La Ley 1811 de 2016, conocida como 'Ley de la Bicicleta', otorgó a los trabajadores que llegaran en este medio de transporte el derecho a medio día de descanso remunerado por cada 30 trayectos comprobados. Aunque inicialmente se aplicaba sobre todo a funcionarios públicos, también abrió la puerta para que empleados del sector privado pudieran acceder al beneficio.
En este caso, el trabajador debía presentar pruebas del uso frecuente de la bicicleta y solicitar formalmente el descanso a su empleador. Con la entrada en vigor de la Reforma Laboral 2025, el beneficio se amplió y mejoró. Según el artículo 15, los trabajadores del sector privado que se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo podrán disfrutar de un día libre pago cada seis meses, siempre que certifiquen el uso regular de la bicicleta para ir y regresar de su lugar de trabajo.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
El beneficio aplica para:
- Trabajadores del sector privado regidos por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Empleados de empresas mixtas, industriales o comerciales.
- Funcionarios públicos (bajo la norma de 2016).
¿Cómo se certifica el uso de la bicicleta?
Aunque el Ministerio de Trabajo aún afina la reglamentación, la norma ya contempla algunos mecanismos de verificación:
- Registros de asistencia donde el trabajador indique el medio de transporte.
- Acuerdos escritos entre empleador y empleado.
- Aplicaciones de seguimiento de rutas o sistemas tecnológicos que validen los trayectos.
De esta manera, se busca un equilibrio entre la verificación real y la facilidad de acceso al beneficio para los trabajadores.

