¿Vuelve el periodo de prueba para aprendices del SENA?: Lo que deben saber estudiantes y empresas
Los aprendices del SENA podrán volver a tener un periodo de prueba en sus contratos de aprendizaje, luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente la norma que lo prohibía.
Yhonay Díaz
05:56 p. m.
Los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) podrán volver a tener un periodo de prueba en sus contratos de aprendizaje, tras una decisión del Consejo de Estado en la que suspende temporalmente la norma que prohibía pactar esta etapa.
La decisión, adoptada el 5 de octubre, permite que empresas y estudiantes evalúen si la relación laboral y formativa responde a sus necesidades y expectativas, bajo las condiciones establecidas por la ley.
La medida cautelar recae sobre el Decreto 223 de 2026, expedido por el Gobierno el 5 de marzo, que había incorporado una disposición al Decreto 1072 de 2015 para impedir expresamente el periodo de prueba en estos contratos.
¿Aprendices del SENA deben volver al periodo de prueba en empresas?
La suspensión provisional del Consejo de Estado no significa que esta etapa sea obligatoria ni que pueda aplicarse de manera automática. De acuerdo con Lorena Fonseca, CEO de la firma de asesoría jurídica Legal Coach, la cláusula debe acordarse por escrito desde el inicio del contrato y cumplir los límites legales de duración.
La abogada explicó que cuando el contrato de aprendizaje tiene una duración inferior a un año, el periodo de prueba no puede superar la quinta parte del término inicialmente pactado ni exceder los dos meses.
Durante esta etapa, cualquiera de las partes puede terminar el vínculo sin preaviso, conforme a las reglas del Código Sustantivo del Trabajo. No obstante, esa posibilidad no elimina la obligación de respetar los derechos fundamentales ni las garantías especiales de protección laboral.
¿Por qué se establece el periodo de prueba en el SENA?
La figura permite que las empresas valoren las aptitudes de los aprendices y su adaptación a las funciones asignadas. Al mismo tiempo, ofrece a los estudiantes la posibilidad de evaluar las condiciones laborales y formativas que les proporciona la organización.
La decisión también establece límites para su aplicación. Las empresas no pueden añadir esta cláusula a contratos que comenzaron sin ella ni reactivar un periodo de prueba cuyo plazo ya venció.
En los casos de contratos firmados mientras estaba vigente la prohibición, será necesario revisar las fechas y las condiciones particulares. La suspensión provisional no valida automáticamente las cláusulas que se hayan pactado durante ese periodo.
¿Por qué se suspendió la prohibición del periodo de prueba del SENA?
La controversia comenzó con la Ley 2466 de 2025, vigente desde el 25 de junio de ese año, que estableció que el contrato de aprendizaje tiene naturaleza laboral especial a término fijo y se rige por las normas del Código Sustantivo del Trabajo.
Posteriormente, el gobierno expidió el Decreto 223 de 2026, que prohibió expresamente el periodo de prueba para esta modalidad contractual.
Los abogados Lorena Fonseca y Santiago González presentaron una demanda de nulidad el 28 de abril de 2026. El Consejo de Estado la admitió el 24 de agosto y, el 5 de octubre, decretó la medida cautelar solicitada.

En su análisis preliminar, el alto tribunal consideró que la ley no había excluido el periodo de prueba para los aprendices ni había autorizado al Gobierno a establecer esa prohibición mediante un decreto reglamentario.
La decisión, sin embargo, es provisional. No equivale a una sentencia definitiva que declare nula la disposición cuestionada.
Mientras se resuelve el proceso judicial, las partes pueden pactar el periodo de prueba conforme a las reglas generales aplicables y siempre que cumplan los requisitos legales.
El impacto para las empresas y los estudiantes
Desde la perspectiva de Legal Coach, contar con reglas claras puede favorecer las oportunidades de formación para los jóvenes. Fonseca advirtió que el incremento de los costos y las exigencias asociadas a la contratación de aprendices puede llevar a algunas empresas a optar por pagar la cuota de aprendizaje en lugar de ofrecer puestos de formación.
La posibilidad de evaluar la relación durante una etapa inicial podría incentivar a más organizaciones a vincular aprendices y brindarles experiencia laboral.
Por ahora, tanto estudiantes como empleadores deberán tener en cuenta que el periodo de prueba debe acordarse desde el comienzo del contrato, respetar los límites legales y no aplicarse de forma retroactiva. La decisión definitiva sobre la legalidad de la disposición suspendida dependerá del avance del proceso ante el Consejo de Estado.



